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Impuestos y trámites

Comprar un coche a una empresa o particular: IVA o ITP, ¿cuál aplica?

Cuando compras un coche de segunda mano, el impuesto que pagas depende de quién lo vende: un particular paga ITP, una empresa paga IVA. Te explicamos cómo funciona cada caso, qué documentación necesitas y cuánto puedes esperar pagar.

Ángel Rodríguez
Escrito y verificado por Ángel Rodríguez · CEO Fundador de VAMIVEN· 1 de junio de 2026

Cuando buscas coche de segunda mano, puedes comprarlo a un particular, a un concesionario, a un taller de compraventa o a una empresa que se deshace de un vehículo de su flota. Parecen situaciones similares, pero tienen implicaciones fiscales muy distintas que afectan al coste final de tu compra.

La regla fundamental

¿El vendedor actúa como particular o como empresa? Esta pregunta determina todo:

  • Particular → particular: Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
  • Empresa o autónomo → comprador: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

No hay término medio: o es ITP o es IVA. Y no puedes elegir: el impuesto viene determinado por quién vende.

Compra a particular: ITP

Si el vendedor es una persona física que vende su coche particular (no lo tiene afecto a ninguna actividad económica), la operación tributa por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

  • Lo paga el comprador.
  • Se liquida en la CCAA de residencia habitual del comprador.
  • El tipo va del 4 % al 8 % según la comunidad autónoma.
  • La base imponible es el precio del contrato o el valor venal de Hacienda, lo que sea mayor.

Para más detalle sobre el ITP por CCAA, tipos y exenciones, consulta nuestra guía sobre ITP en la transferencia de vehículos 2026.

Compra a empresa: IVA al 21 %

Si el vendedor es una empresa o un autónomo que vende el coche en el ejercicio de su actividad económica, la operación tributa por IVA:

  • Tipo general: 21 %.
  • Lo incluye el vendedor en la factura.
  • El comprador no presenta el modelo 620/621: la factura con IVA es el justificante para la DGT.
  • El comprador particular no puede deducir el IVA (solo pueden deducirlo las empresas y autónomos que compran el vehículo para su actividad).

¿Es más caro comprar a una empresa que a un particular?

Depende del precio de venta. El IVA del 21 % es más alto que el ITP del 4-5 % en muchas CCAA. Pero las empresas suelen vender coches de flota bien mantenidos, con historial completo y garantía, lo que puede compensar la diferencia. Y en el caso del REBU (ver más abajo), el coste efectivo puede ser menor del 21 %.

El régimen REBU: IVA solo sobre el margen

Hay un régimen especial que cambia el cálculo: el Régimen Especial de Bienes Usados (REBU). Lo pueden aplicar los revendedores de bienes usados (concesionarios de ocasión, compraventas de coches usados) cuando los vehículos cumplan ciertas condiciones.

En el REBU:

  • El IVA se calcula solo sobre el margen de beneficio del vendedor, no sobre el precio total de venta.
  • La factura indica "IVA incluido" pero no desglosa la base imponible ni el tipo. El comprador no puede ver cuánto IVA paga exactamente.
  • El comprador no puede deducir ese IVA aunque sea empresa o autónomo.

Ventaja para el comprador: si el margen del vendedor es pequeño, el IVA efectivo sobre el precio total puede ser mucho menor del 21 %. Es habitual en concesionarios que venden coches de segunda mano adquiridos a particulares.

Cómo identificarlo: en la factura no aparecerá la cuota de IVA desglosada. Si ves "IVA incluido" en vez de "Base imponible / IVA / Total", probablemente es REBU.

Tabla comparativa rápida

Escenario Impuesto Quién lo paga Justificante DGT
Particular → particular ITP (4-8 %) Comprador Modelo 620/621 sellado
Empresa → particular (IVA normal) IVA 21 % Incluido en precio Factura con IVA desglosado
Empresa → particular (REBU) IVA sobre margen Incluido en precio Factura "IVA incluido"
Empresa → empresa (IVA normal) IVA 21 % deducible Incluido en precio Factura con IVA desglosado

Cómo afecta a la transferencia DGT

Ante la DGT, el proceso de transferencia es el mismo independientemente del impuesto. Lo que cambia es el documento justificativo que presentamos:

  • ITP: modelo 620 o 621 sellado y liquidado por la hacienda autonómica.
  • IVA: factura de la empresa vendedora.

En Vamiven gestionamos la transferencia en los dos casos por 169 € (tasa DGT 4.1 incluida). Tú nos dices si compraste a particular o a empresa, y nosotros tramitamos con el justificante correcto.

Un caso frecuente: el autónomo que vende su coche

Aquí hay un punto de confusión habitual. Un autónomo puede vender su coche como:

  1. Activo de su actividad (lo tenía en el activo del negocio, lo usaba para trabajar): la venta lleva IVA.
  2. Bien personal (nunca lo tuvo afecto a la actividad): la venta puede considerarse entre particulares, con ITP.

La distinción no siempre es obvia. El autónomo sabe (o debería saber) cómo tenía el coche contabilizado. Si tienes dudas, pregúntale directamente si la venta va con factura con IVA o con contrato privado.

Atención presencial en Sant Feliu de Llobregat

Si tienes dudas sobre qué impuesto aplica en tu caso concreto antes de cerrar la compra, pásate por nuestra oficina de Vamiven en C/ Roses 44, local 1, Sant Feliu de Llobregat, de lunes a viernes, 9-14 y 15-18 h.

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Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si el vendedor es una empresa o un particular?

Mira el vendedor en el contrato de compraventa: si tiene CIF (en vez de DNI/NIE), es una empresa o autónomo actuando como tal. Si tiene DNI, es un particular. Si el coche está a nombre de una empresa en el permiso de circulación, casi seguro que aplica IVA.

¿Puedo negociar que el vendedor me venda sin IVA si es empresa?

No. Si el vendedor es una empresa actuando en el ejercicio de su actividad, está obligado a repercutir IVA. No es una opción negociable: es una obligación fiscal.

¿Qué es exactamente el régimen REBU?

El Régimen Especial de Bienes Usados permite a las empresas que revenden bienes usados (incluidos vehículos) aplicar IVA solo sobre su margen de beneficio, no sobre el precio total de venta. El comprador paga menos IVA efectivo, pero no puede deducirlo porque no aparece desglosado en la factura. Es habitual en concesionarios de coches de ocasión.

¿Y si el autónomo vende un coche que usaba para su actividad?

Si el coche estaba afecto a la actividad económica del autónomo (es decir, lo usaba para el negocio y lo tenía en el activo), la venta lleva IVA. Si era un coche personal que usaba exclusivamente para uso privado, puede considerarse venta entre particulares con ITP. La línea no siempre es clara: el autónomo debe saber cómo tenía contabilizado el vehículo.

¿La transferencia ante la DGT es distinta según el impuesto?

No. El proceso de transferencia DGT es el mismo. Lo que cambia es el justificante que se presenta: en ITP, el modelo 620/621 sellado por Hacienda; en IVA, la factura de la empresa. En Vamiven tramitamos los dos casos.

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Publicado el 1 de junio de 2026.