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Potencia fiscal — qué es y dónde se mira

La potencia fiscal son los CV fiscales de tu coche (no los CV reales del motor). Es un valor administrativo que se usa para calcular el IVTM municipal, el seguro, y entra en alguna escala de impuestos. Aquí te decimos cómo encontrarlo y qué significa.

Dónde encontrarla

En la ficha técnica del vehículo (ITV), en el campo P.2. Aparece en CV o kW. Si solo tienes la potencia real en kW del motor, divide entre 0,736 para convertir a CV reales — pero los CV fiscales se calculan con una fórmula distinta basada en cilindrada y número de cilindros (RD 2822/1998).

También aparece en el permiso de circulación, en el reverso, junto a marca y modelo.

Tabla orientativa por cilindrada

Aproximación para coches turismo. El valor exacto siempre el de tu ficha técnica.

CilindradaCV fiscalesEjemplos
Hasta 1.000 cm³≈ 6-7Coches urbanos pequeños
1.000 – 1.199 cm³≈ 7Subcompactos (Polo, Ibiza, Corsa…)
1.200 – 1.499 cm³≈ 8Compactos (Golf 1.4, León 1.4…)
1.500 – 1.799 cm³≈ 9Compactos medianos (Civic 1.6, Mégane 1.6…)
1.800 – 1.999 cm³≈ 10-11Medianos altos (Passat 1.8, A4 1.8 TFSI…)
2.000 – 2.499 cm³≈ 11-12Familiares / berlinas (Mondeo 2.0 TDCi…)
2.500 – 2.999 cm³≈ 13-15Berlinas / SUV grandes (BMW 530d…)
3.000 cm³ o más≈ 16+Berlinas premium / deportivos

IVTM aproximado por tramo

El IVTM lo fija cada ayuntamiento aplicando un coeficiente al cuadro estatal. Estos son los valores estatales base por tramo (tu ayuntamiento aplicará entre 1× y 2× sobre estos números).

TramoIVTM base anual
< 8 CVf≈ 22 €
8 – 11,99 CVf≈ 60 €
12 – 15,99 CVf≈ 126 €
16 – 19,99 CVf≈ 157 €
20 CVf o más≈ 196 €

Diferencia entre CV fiscales y CV reales

  • CV reales (potencia del motor): es lo que mueve al coche. Lo que ves en publicidad ("130 CV", "150 CV"…).
  • CV fiscales: son un valor administrativo más bajo, calculado con una fórmula que no depende solo de la potencia. Sirve para impuestos y seguros.

¿No localizas la ficha técnica de tu coche?

Si la has perdido o se ha deteriorado, te tramitamos un duplicado ante la DGT en 24 h.

Duplicado del permiso →