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Modelo de contrato de compraventa de coche

Qué tiene que llevar un contrato de compraventa de vehículo entre particulares (o con empresa) para que la DGT lo acepte sin pegas. Y qué cláusulas conviene que esté para que estés tranquilo después.

Datos del vehículo

Todos estos campos los sacas de la ficha técnica (ITV) y del permiso de circulación. Cuanta más información se incluya, menos discusiones después.

  • Matrícula
  • Marca y modelo
  • Nº de bastidor (chasis) — 17 caracteres en la ficha técnica
  • Fecha de matriculación
  • Combustible
  • Kilómetros en el momento de la venta

Datos de las partes

De vendedor y comprador. Si la operación es entre empresa y particular, identifica al apoderado que firma y aporta sus poderes.

  • Nombre completo o razón social
  • DNI / NIE (o CIF si es empresa, con datos del apoderado)
  • Dirección postal completa
  • Email y teléfono

Cláusulas habituales

Estas son las cláusulas que solemos incluir en los contratos que generamos cuando tramitamos una transferencia. No todas son obligatorias, pero juntas evitan prácticamente cualquier disputa posterior.

  • Transmisión y cargas

    El vendedor transmite la propiedad libre de cargas, embargos y arrendamientos, y declara estar al corriente del IVTM y la ITV.

  • Precio y forma de pago

    Importe acordado y forma de pago (efectivo, transferencia, financiación…). El contrato sirve de carta de pago.

  • Estado y saneamiento

    El comprador acepta el vehículo en su estado actual, con remisión a los artículos 1474 y siguientes del Código Civil para vicios ocultos.

  • Entrega de documentación

    El vendedor entrega permiso de circulación, ficha técnica (ITV) y juegos de llaves en el acto.

  • Sanciones e infracciones

    Las anteriores a la firma son del vendedor; las posteriores, del comprador. Ambas partes se comprometen a notificar la operación a la DGT.

  • Tramitación ante la DGT

    Quién se encarga del cambio de titular y a través de qué profesional habilitado (gestor administrativo colegiado).

  • Protección de datos

    Consentimiento expreso al tratamiento de datos personales para la operación, conforme al RGPD.

  • Jurisdicción

    Sometimiento a los Juzgados y Tribunales del domicilio del comprador.

Después del contrato

El contrato firmado por las dos partes no cambia el titular en la DGT. Para eso hay que tramitarlo. Tienes 30 días desde la firma para presentarlo, y aún así el comprador debe pagar el ITP en su comunidad autónoma antes.

Mientras eso no ocurra, el vehículo sigue figurando a nombre del vendedor: cualquier multa, IVTM o aviso seguirá yendo a él. Por eso es importante notificar la venta o directamente tramitar la transferencia.

Te lo hacemos todo, contrato incluido

Cuando inicias una transferencia con nosotros, te generamos el contrato de compraventa y la autorización para tramitar con tus datos exactos, listos para imprimir y firmar. Y nos encargamos del cambio de titular ante la DGT.